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Se curan en salud
Por Palmira González
Periódico El Norte

(26-Oct-2007).- Si algún día sufre un accidente, antes de acudir al hospital privado más cercano, lo mejor es que valore si realmente su vida corre peligro.

En México, la Ley General de Salud obliga a los hospitales privados a cuando menos estabilizar a los pacientes sin importar su capacidad de pago, si tiene riesgo de fallecimiento.

De lo contrario, para brindarle atención, lo más seguro es que antes le pidan comprobar un seguro de gastos médicos mayores o lo hagan firmar un pagaré en blanco.

Incluso, en algunos casos, la atención por el equipo de urgencias no comienza hasta que el personal administrativo verifique la vigencia de un seguro de gastos médicos.

En el Christus Muguerza, por esta causa (de prestar atención de inmediato) ha habido muchos casos de cuentas que se vuelven incobrables, asegura Rogelio Segovia, abogado del Grupo.

"Una vez estabilizado el paciente, se decide en conjunto si la atención se combina con otro hospital".

De acuerdo con Segovia, la mecánica es que mientras el paciente recibe atención, el familiar o acompañante va al área administrativa para establecer el convenio de pago.

"Evidentemente tenemos que cobrar casos de urgencias".

Para los hospitales es importante tener una forma de pago asegurada al momento de recibir a una persona, porque tan sólo la primera hora de atención de urgencias puede costar entre 10 mil y 20 mil pesos, explica Carlos Arreola, consejero en accidentes para la Organización Mundial de la Salud (OMS).

"Si es una situación cuya vida está en peligro o está en riesgo un órgano de los sentidos, es obligación atenderlo sin pedir nada", detalló Arreola.

Luego, si el paciente no puede cubrir los siguientes procedimientos en un hospital privado, podrán transferirlo a un nosocomio público.

"No pedimos tarjeta de crédito en urgencias nunca, (pero) sí pedimos garantía de pago a un procedimiento programado", afirma Dan Levinson, director del Hospital Oca.

Si la persona llega en peligro de muerte o con angina de pecho o infarto, pasa directo a ser atendido, dice.

La diferencia, agrega Levinson, es cuando un paciente llega a Urgencias sin estar grave o por un procedimiento programado.

"Igual se le da la atención, pero si necesita un estudio que no es urgente, a veces prefieren esperar a que lo autorice el seguro".

Gerardo Aguirre, director administrativo del hospital CIMA Santa Engracia, coincide en que atienden todos los casos de urgencias en los que el paciente está en riesgo de muerte.

"Atendemos el caso, pero los trámites posteriores tienen un costo, como una cirugía o tratamiento", explica.

En caso de que no le brinden la atención como debe ser, puede acudir a la Comisión Nacional de Arbitraje Médico o a la Profeco a reclamar negligencia.

Además, tendrá la opción de poner una demanda civil o penal.

"El paciente puede acudir a la Coesamed para reclamar la atención médica prestada por el hospital, si siente que la atención como cliente no es la correcta", añade Segovia, del Christus Muguerza.

"La Profeco (también) tiene una norma para establecimientos hospitalarios que se refiere a la lista de precios, horario de funcionamiento y médico responsable".

En Estados Unidos, las leyes son similares, ya que los hospitales están obligados a atender a personas con una condición médica severa que ponga en riesgo la salud del individuo (incluyendo un parto) sin importar si tiene seguro de gastos médicos o no.

Más vale prevenir

Al llegar a Urgencias cuando sufra un percance, considere lo siguiente:

Cuando una persona entre a Urgencias caminando, el personal de salud evaluará si necesita quedarse en la sala o pasar a consulta externa dependiendo de:

- El motivo de la consulta
- La sudoración del paciente
- Manifestaciones de dolor
- Síntomas generales y signos vitales

Todo paciente deberá ser atendido (por ley y) sin reservas cuando:

- No pueda respirar
- No esté consciente
- Esté sangrando - de una forma activa o hemorragia

Sus signos vitales estén alterados (presión muy alta o muy baja; vía respiratoria obstruida o alterada; alteraciones en su estado de conciencia)

No son urgencias mayores (y por lo tanto, el hospital privado no tiene obligación legal de atenderlo si):

- Tiene fractura de brazo o pierna
- Tiene fiebre
- Tiene dolor abdominal
- Tiene dolor de cabeza
- Se cortó un dedo

La forma de pago

- Podrá ser acordada con un familiar en caso de que el paciente llegue grave
- Podrá ser directo con el paciente cuando éste entre caminando
- Generalmente se asegura firmando un pagaré en blanco

Fuente: Los hospitales

Muy accidentados

Después de los casos de ginecología, en los que se incluyen los partos, los accidentes son la segunda causa de siniestralidad reclamada en las pólizas de gastos médicos. 

2006 2005 2004
Ginecología 57,971 50,904 42,651
Accidentes 46,019 46,136 52,209
Cirugía abdominal 45,926 42,231 34,449

Fuente: AMIS 

Urgencias atractivas

Para los grupos médicos y hospitalarios privados, la atención de urgencias se ha vuelto más atractiva por el alza en seguros de gastos médicos mayores a nivel nacional. 

Año No. asegurados
2006 5,354,323
2005 5,117,581
2004 4,029,453
2003 3,820,151
2002 3,463,066

Fuente: AMIS

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